sábado, 15 de diciembre de 2007

Aproximación al derecho penal mexicano

Eduardo Galeano escribió en Patas Arriba "La escuela del mundo al revés" lo siguiente:

En 1986, un diputado mexicano visitó la cárcel de Cerro Hueco, en Chiapas. Allí encontró a un indio Tzotzil, que había degollado a su padre y había sido condenado a treinta años de prisión. Pero el diputado descubrió que el difunto padre llevaba tortillas y frijoles, cada mediodía, a su hijo encarcelado.

Aquel preso tzotzil había sido interrogado y juzgado en lengua castellana, que él entendía poco o nada, y con ayuda de una buena paliza había confesado ser el autor de una cosa llamada parricidio.

¿Qué le recuerda este extracto del libro de Galeano? ¿A poco no le suena a Acteal? En el noveno aniversario de la matanza, la revista Nexos presentó un par de artículos sobre la misma. Ahí, Alejandro Posadas Urtusuástegui y Hugo E. Flores se preguntan "Acteal nueve años después: ¿Los culpables?" y plantean:

El caso se presenta como una oportunidad idónea para que la Suprema Corte ejercite su facultad de atracción y revise la calidad de las sentencias penales a través de garantizar los derechos fundamentales del debido proceso. Nuestra tesis es sencilla. Hay responsables por la matanza de Acteal y deben responder por los hechos. Sin embargo, no todos los sentenciados son culpables. Una evaluación rigurosa del proceso muestra que en un sistema que se precie de un apego mínimo al principio de inocencia y a los presupuestos fundamentales del debido proceso del derecho, la evidencia existente no prueba la culpabilidad de la mayoría de los sentenciados. En este texto nos concentramos en el tratamiento a las confesiones y su relación con las testimoniales utilizadas en las sentencias que constituyen, en estricto sentido, la única evidencia relevante en el proceso.

Este análisis sigue la confesión de Lorenzo Pérez Vázquez, la cual es un eslabón (o debía haber sido) en la investigación sobre el caso de Acteal. Ésta fue realizada siete días después de ocurridos los hechos. En ella se narran detalladamente las causas y la forma en que se suscitaron. El juez, a pesar de la similitud de ésta con las otras confesiones, de la inmediatez con que fue realizada, de las veces que fue ratificada y de la consistencia con los hechos narrados por el Libro Blanco de la Procuraduría General de la República (PGR) sobre Acteal, la desechó (al igual que todas las confesiones) en todas sus partes, excepto para fincar responsabilidad al confeso y a las personas partícipes que estaban procesadas.

(...)los jueces federales que tienen la responsabilidad de proveer a todo acusado de un juicio imparcial y hacer respetar el mandato constitucional de presunción de inocencia, ratifican la tesis de la PGR. Para ello echan mano de malabares “técnico legales” para desechar las confesiones en todo, excepto en cuanto a la autoincriminación(...)

Clarito me estoy recordando la voz de mi profesor de Teoría General del Proceso diciendo: "La confesión es la reina de las pruebas". Aunque no me lo recuerdo diciendo: "Y además se manipula, se inventa o se obtiene por tortura" que es bastante más próximo a la realidad. Nuestros reclusorios están retacados de personas que no tuvieron (o no están teniendo) un juicio adecuado y al afirmarlo o escucharlo ya no hay sopresa.

Así, como aproximación al derecho penal mexicano tenemos la siguiente: nuestro sistema penal funciona fatal y no se vale darse por sorprendido ni pedir que sea de otra manera. Es algo así como la normalización del absurdo o la institucionalización de la injusticia.

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